La bandeja de condensado en el piso técnico se llena de agua.

Galina
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Buenos días. Estaría muy agradecida por su ayuda. Vivimos debajo del piso técnico, en el que hay un gran recipiente metálico debajo de una tubería. Como dijo el fontanero – es un recipiente para condensado.

El problema es que en 2 meses se llena de agua hasta la mitad. Escribí a la empresa gestora, pero ellos respondieron en un formulario oficial que es normal, y que las lluvias oblicuas llenan el recipiente de agua.

Entiendo que simplemente me rechazaron. Porque en todos los demás pisos técnicos de nuestro edificio esos recipientes están secos. Y contradice toda lógica… ¿Existe algún requisito para el mantenimiento de estos recipientes (SNiP, decretos de la Federación de Rusia sobre el servicio, etc.) al que pueda hacer referencia al dirigirme a ellos nuevamente o al escribir a la Inspección de Vivienda?

Comentarios de los visitantes
  1. Experto
    Amir Gumárov
    Experto

    Buenos días, Galina. Hasta donde tengo entendido, no existe un documento normativo que regule el procedimiento de mantenimiento y limpieza de las bandejas de condensado. En el documento sobre el mantenimiento de la planta técnica en un edificio de viviendas «Reglamento de trabajos de conservación y reparación corriente de los bienes comunes en un edificio de viviendas» no se incluyen normas para el uso de tanques técnicos, a los que pertenece la bandeja que le preocupa. Pero en el mismo documento se indica que todas las fugas que se produzcan en las zonas comunes deben ser reparadas por la empresa administradora en un plazo de 24 horas (punto 4.4).

    Sin embargo, la legislación rusa no proporciona una definición precisa del concepto de «filtración», por lo que es problemático acusar a la empresa gestora de incumplimiento de sus obligaciones si no existen daños materiales.

    En términos simples: si el agua que se acumula en el recipiente causa daños a su propiedad (que usted pueda probar), entonces puede demandar a la empresa gestora, basándose en el documento normativo mencionado. El tribunal reconocerá que la empresa gestora no cumple con sus obligaciones y fallará a su favor. Si el agua en el recipiente no causa daños a su propiedad, entonces no hay filtración, y el condensado acumulado es un problema de la empresa gestora.

  2. María Govorujina

    Buenos días. Complementaré la respuesta anterior.

    Su dispositivo se llama – recipiente de drenaje. Primero le citaré extractos de documentos, luego basaré mis conclusiones en ellos.

    PP N.° 491. Según el artículo 36 del Código de Vivienda de la Federación de Rusia, el piso técnico pertenece en copropiedad a todos los residentes del edificio, es decir, es propiedad común del edificio. El mantenimiento de dichas instalaciones y su conservación en buen estado, según el contrato, las obligaciones y la responsabilidad laboral, es prerrogativa de la empresa gestora, si esto está dentro de su competencia, ya que:

    “12. Los propietarios de los locales tienen derecho a realizar por sí mismos las acciones de mantenimiento y reparación del patrimonio común, a excepción de las acciones indicadas en los subapartados “d_1” y “l” del punto 11 de las presentes Reglas, o a contratar a terceros para la prestación de servicios y la ejecución de trabajos de mantenimiento y reparación del patrimonio común (en adelante, respectivamente, – servicios, trabajos) teniendo en cuenta el modo de gestión del edificio de viviendas elegido.“

    También: “13_1. Las inspecciones del patrimonio común pueden ser periódicas, estacionales y extraordinarias. Las inspecciones periódicas pueden ser generales, durante las cuales se inspecciona la totalidad del patrimonio común, y parciales, durante las cuales se inspeccionan elementos del patrimonio común. Las inspecciones generales y parciales se realizan en los plazos recomendados en la documentación técnica del edificio de viviendas y que aseguren el mantenimiento adecuado del patrimonio común, incluso en función de los materiales de fabricación de los elementos del patrimonio común.“

    El mantenimiento adecuado del patrimonio común, en función del modo de gestión del edificio de viviendas, es garantizado por los propietarios del edificio, la empresa gestora, la cooperativa de vivienda, la asociación de propietarios, el promotor, etc. Es decir, este hecho aún debe ser aclarado, incluso si usted tiene una empresa gestora.

    “40. Los propietarios de los locales, de acuerdo con las condiciones del contrato o los documentos constitutivos de la asociación de propietarios, de la cooperativa de vivienda, de la cooperativa de vivienda y construcción, o de cualquier otra cooperativa de consumidores especializada, tienen derecho a:

    a) recibir de las personas responsables, en un plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la fecha de la solicitud, información sobre los listados, volúmenes, calidad y periodicidad de los servicios prestados y/o trabajos realizados. En el contrato, dicho plazo puede ser reducido;

    b) verificar los volúmenes, la calidad y la periodicidad de la prestación de servicios y la ejecución de trabajos (incluso mediante la realización de una peritación correspondiente);

    c) exigir a las personas responsables la corrección de los defectos detectados y verificar la integridad y oportunidad de su corrección.“

    Decreto Gubernamental n.º 354. “Recursos comunales” – agua fría, agua caliente, energía eléctrica, gas, energía térmica, portador de calor en forma de agua caliente en sistemas abiertos de suministro de calor (suministro de agua caliente), gas doméstico en botellas, combustible sólido en caso de calefacción por estufa, utilizados para la prestación de servicios comunales y consumidos en el mantenimiento del patrimonio común en un edificio de viviendas. TAMBIÉN(!) se equiparan a los recursos comunales las aguas residuales evacuadas a través de redes centralizadas de ingeniería y soporte técnico” – es decir, ¡existe un documento, aunque no específicamente sobre bandejas, pero relacionado con ellas!

    N.º 354: “4. Al consumidor se le pueden proporcionar los siguientes tipos de servicios comunales:

    c) saneamiento, es decir, la evacuación de aguas residuales de una vivienda (casa), de los locales residenciales y no residenciales en un edificio de viviendas, así como, en los casos establecidos por las presentes Reglas, de los locales que forman parte del patrimonio común en el edificio de viviendas, – a través de redes centralizadas de saneamiento y sistemas de ingeniería internos del edificio.“

    No entiendo qué quejas tiene usted contra la comunidad de propietarios. La bandeja está diseñada para recoger líquido, y de dónde salió y por qué otros no la tienen – es una cuestión aparte. No tiene nada que reprochar a la comunidad; al contrario, hay que agradecerles que hayan respondido en un formulario oficial. Actualmente tenemos muchísimos problemas donde la comunidad se niega a hacer declaraciones oficiales e incluso ante los tribunales se resisten a asumir la responsabilidad. El agua en la bandeja es normal, para eso está diseñada.

    Según las instrucciones de uso de algunos modelos (no sé cuál es el suyo), se deben inspeccionar al menos una vez al mes y, si es necesario, limpiar o drenar el líquido. Es decir, de hecho, la comunidad de propietarios aún no ha cometido ningún delito funcionarial. No hay fugas, no hay accidentes, no hay malos olores por agua estancada, etc.

    Mientras tanto, si hay una fuga, la responsabilidad recae sobre ellos y será muy fácil demostrarlo. Cualquier peritaje confirmará de dónde y por qué se produjo la fuga. Y como son responsables de estas instalaciones (verifique sus obligaciones en el contrato interno), su negligencia será compensada por ellos mismos. Y no se librarán en ningún tribunal. Repito, hay que verificar quién es responsable de los pisos técnicos según el contrato. A veces los propietarios los asumen, limitando las funciones de la comunidad de propietarios.

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